CitApp: EL COMERCIO Y LA HOSTELERÍA DE SANFER EN TUS MANO, la App de las ofertas y promociones a un clic.
La Concejalía de Comercio del Ayto. de San Fernando de Henares (en adelante, la «CCSFH») va a realizar un evento promocional CitApp: EL COMERCIO Y LA HOSTELERÍA DE SANFER EN TUS MANO, la App de las ofertas y promociones a un clic (en adelante, la «Promoción») en colaboración con establecimientos comerciales y de restauración de San Fernando de Henares (en adelante, el «Establecimiento») que han aceptado su participación y consentido las Bases generales de participación (en adelante, «Bases Generales»). Las presentes Bases Generales se han aceptado al finalizar el proceso de inscripción en el formulario de inscripción alojado en www.sanferescomercio.com o en el documento “ficha de inscripción” que recoge:
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- Las Bases generales de participación,
- Los datos identificativos de la empresa participante, y
- La oferta, promoción o descuento que se obliga la empresa a cumplir.
Cualquier modificación de estas Bases Generales será comunicada a los establecimientos por parte de la CCSFH, y se solicitará la aceptación respecto a modificaciones relevantes.
PRIMERA.- Participación
Podrán participar en la Promoción todos los establecimientos comerciales y de restauración de San Fernando de Henares que se ajusten a las obligaciones descritas a continuación:
Cumplir con los siguientes requisitos:
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- Ser titular, representante legal, socio, administrador o persona con poder suficiente para representar al establecimiento.
- El domicilio del establecimiento se ubicará en San Fernando de Henares.
- Cumplir y mantener vigentes durante la Promoción todas las obligaciones legales y administrativas para el desempeño de la actividad comercial y de restauración en San Fernando de Henares, según las normativas establecidas, y en particular la preceptiva licencia municipal.
Haber rellenado el formulario de inscripción durante el periodo habilitado, pudiendo inscribirse a través de la página web de la promoción (la aceptación de las Bases generales se realizará on line); o bien, a través del correo electrónico: tecnicocomercio@ayto-sanfernando.com. Aceptar las presentes Bases Generales, según el procedimiento descrito más arriba. Aquellos Establecimientos que incumplan alguno de los anteriores requisitos no podrán tomar parte en la Promoción.
SEGUNDA.- Duración de la Promoción y vigencia de las Bases Generales
La Promoción tendrá lugar entre el 1 de octubre de 2020 al 30 de marzo de 2021, ambos inclusive. Durante ese periodo se mantendrán vigentes estas Bases Generales. El establecimiento podrá inscribirse en la Promoción hasta el 30 de septiembre de 2020, inclusive.
TERCERA.- Obligaciones de los Establecimientos
Los Establecimientos inscritos en la Promoción, que cumplan los requisitos de participación contenidos en la cláusula PRIMERA, se comprometen durante el periodo de la Promoción a lo siguiente:
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- Colocar el distintivo que CCSFH le suministre al efecto en un lugar visible de la entrada del establecimiento, así como cualquier otro elemento de comunicación que sea facilitado.
- Aplicar los descuentos, ofertas y promociones a los que se hayan comprometido en el momento de la inscripción.
- Poner a disposición e informar debidamente a los clientes de las Bases bajo las que se desarrolla la promoción.
CUARTA.- Contraprestaciones
LA CCSFH con respecto a los Establecimientos que participen en la Promoción, realizará las siguientes acciones:
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- Incluirlos en la Aplicación móvil CitApp los datos proporcionados por los establecimientos participantes y que tendrá una amplia difusión durante la Promoción.
- Difundir la Promoción en medios de comunicación y en RRSS del Ayuntamiento.
QUINTA.- Garantías y responsabilidad
Los Establecimientos serán responsables ante la CCSFH por cualquier reclamación, sanción, coste pérdida, daño a terceros o responsabilidad contraída que se derive directa o indirectamente del incumplimiento por parte de los Establecimientos de sus obligaciones bajo estas Bases Generales.
La CCSFH no será responsable y los Establecimientos exonerarán a la CCSFH de cualquier responsabilidad que pudiera surgir a consecuencia del servicio prestado por los Establecimientos a sus clientes durante la Promoción o de la baja del Establecimiento de la Promoción con posterioridad a la inscripción en la Promoción, ya sea con carácter previo al comienzo de la misma o durante la misma. Igualmente, el Establecimiento será el único responsable, dejando totalmente indemne a la CCSFH, de cumplir con lo dispuesto en la cláusula TERCERA de las Bases Generales y responderá de todos los daños y perjuicios, directos e indirectos, originados como consecuencia de la deficiente o nula aplicación a sus clientes de las ofertas o descuentos ofrecidos en el momento de la inscripción y al que se refiere el punto 2 de la referida cláusula. El firmante o aceptante de estas Bases garantiza que es el titular o el legítimo representante del Establecimiento que queda obligado.
SEXTA.- Propiedad intelectual e industrial
El Establecimiento cede y consiente en la medida que sea necesario para el cumplimiento de lo dispuesto en las presentes Bases, el derecho de reproducir y distribuir su nombre y signo distintivo – marca, nombre comercial, etc. – junto con su logo, si lo tuviera. Esta cesión se hace de forma no exclusiva, por todo el tiempo permitido legalmente y con la única finalidad de insertar información sobre el Establecimiento en la Aplicación móvil CitApp de la Promoción y en medios del ayuntamiento para su difusión.
SÉPTIMA.- Datos de carácter personal
Responsable: Ayuntamiento de San Fernando de Henares. Finalidad: Desarrollar Campañas de dinamización, programas formativos y de asesoramiento. Legitimidad: Consentimiento del interesado. Destinatarios: Ayto Derechos: Tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, contemplados en el Reglamento General de Protección de Datos, dirigiéndose por escrito Dirección Postal: Plaza de España, S/N, 28830, San Fernando de Henares, E-mail: protecciondedatos@ayto-sanfernando.com. La política completa de privacidad la puede consultar en la web: www.sanferescomercio.com
OCTAVA.- Resolución de conflictos
Para la resolución de cualquier cuestión o controversia derivada de la Promoción, el Establecimiento deberá dirigirse por escrito a la CCSFH a la dirección indicada en el encabezamiento de las Bases Generales, con el objeto de que ambas partes puedan llegar a un acuerdo amistoso. En caso de no lograrse dicho acuerdo amistoso, las partes se someten a los Juzgados y Tribunales de la Comunidad de Madrid.